Refugios de caza
Convierta su finca en un Refugio de Caza
Es una figura establecida por la Ley de
Caza para posibilitar la creación de áreas donde,
mediante la prohibición del ejercicio de la caza, las especies
cinegéticas se puedan recuperar de forma natural.
Son, por tanto, zonas de reserva en las cuales se garantiza la tranquilidad necesaria para el mantenimiento de las poblaciones faunísticas.
Porqué son necesarios?
En una isla como la nuestra, donde se puede cazar prácticamente en todas partes, se hace necesaria la existencia de una red de áreas donde las poblaciones animales se vean libres de la presión cinegética y puedan recuperarse hasta niveles que los ecosistemas sean capaces de mantener.
Con esta figura se preservan de la caza las poblaciones de especies cinegéticas incluidas en el área del refugio, a la vez que se potencia la recuperación del conjunto de la fauna de la zona a causa de la mejora de las condiciones de tranquilidad ambiental.
Los cotos y terrenos de caza vecinos se ven igualmente beneficiados, al incrementarse naturalmente las especies cinegéticas por el papel de centros de producción y dispersión que ejercen los refugios de caza.
¿Cómo se crea un refugio?
El articulo 11.2 de la Ley de Caza preve la creación de refugios con la presentación ante la administración competente (en nuestro caso ante la Conselleria de Medi Ambient, que regula la figura mediante decreto de julio de 2004) de una solicitud conjunta del propietario de la finca y de una entidad privada de carácter científico o cultural.
La extensión mínima es de 10 ha., que pueden corresponder a una sola propiedad o en el caso de tratarse de fincas pequeñas, exixte la posibilidad de agrupar dos o más y proponer la declaración de refugios de caza de manera conjunta.
¿Qué supone para el propietario esta declaración?
La declaración de refugio de
caza implica el compromiso del propietario con la conservación,
adquisición y colocación de los rótulos
indicadores de este régimen cinegético especial. Es
recomendable tomar algunas medidas concretas para favorecer la fauna,
como por ejemplo el no uso de pesticidas, la instalación de
puntos de agua durante el verano, etc...
La tramitación de la documentación, aportada por el propietario, va a cargo del GOB así como la elaboración de los informes y memorias anuales que justifiquen la necesidad de esta declaración.
Los beneficios son evidentes en cuanto a la mejora de las condiciones ecológicas de la fauna silvestre, más el añadido de la tranquilidad ambiental derivada de la supresión de la caza.
¿Qué documentación hay que aportar?
Instancia dirigida a la Conselleria de Medi Ambient del Govern Balear con:
a) Datos catastrales de los terrenos
b) Datos identificativos del promotor y del propietario
c) Régimen de propiedad y distribución de superficies
d) Usos del suelo
e) Especies de fauna presentes y especie o especies a favor de las cuales se propone la declaración
f) Medidas de fomento de la especie o especies a favor de las cuales se propone el refugio
g) Cartografía a escala 1:10.000, excepto en los casos de más de 500 ha. en los cuales se admitirá la cartografía 1:25.000
h) Informe justificativo, en el caso de la superficie propuesta como Refugio, en aplicación del articulo 21 del presente decreto.
Quién hace qué?
- A cargo del propietario:
- Aportar la documentación administrativa relativa a la propiedad
- Señalización de la zona como Refugio de Caza
- Información de irregularidades a la administración competente o en el caso que así lo prefiera, al GOB
- A cargo del GOB
- Informe biológico de la zona y seguimiento anual del mismo
- Propuestas de medidas correctoras
- Tramitación del expediente ante la Conselleria de Medi Ambient
- Comunicación de posibles líneas de ayudas para inversiones en la finca, basadas en la figura de Refugio de caza y posible tramitación de común acuerdo con la propiedad.
Si desea que su finca sea declarada Refugio de Caza...
... o simplemente le interesa recibir información más detallada sobre el tema, puede acudir al GOB, donde le informaremos y asesoraremos sobre la tramitación necesaria y, en caso que Ud. así lo decida, le ayudaremos a promover la declaración.
Esta iniciativa cuenta con el apoyo de Fundación Sa Nostra











