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Refugios de caza

*by *gobdmenorca *last *modified 08.05.08 12:29 *PM

Convierta su finca en un refugio de caza

Traducción automática al castellano


*Tríptic informativo en catalán


*Tríptico *informativo en *castellano


Los Refugios de Caza son unas figuras establecidas por la Ley de Caza por tal de posibilitar la creación de áreas dónde, mediante la prohibición del ejercicio de la caza, las especies *cinegètiques se puedan recuperar de forma natural.

Estos refugios son, por lo tanto, zonas de reserva con las cuales se garantiza la tranquilidad necesaria para el mantenimiento de las poblaciones *faunístiques.



Por qué son necesarios?


A una isla como la nuestra, donde se puede cazar prácticamente *arreu, se hace necesaria la existencia de una red de áreas donde las poblaciones animales se vean libres de presión *cinegètica y puedan recuperarse hasta los niveles que los ecosistemas sean capaces de mantener.


Con esta figura se preservan de la caza las poblaciones de especies *cinegètiques incluidas en el área del refugio, a la vez que se potencia la recuperación del conjunto de la fauna de la zona debido a la mejora en las condiciones de tranquilidad ambiental.


Los terrenos de caza vecinos se ven igualmente beneficiados, al incrementarse naturalmente sus efectivos de especies *cinegètiques por el papel de centros de producción y dispersión que ejercen los refugios de caza.




Cómo se crea un refugio?

El artículo 11.2 de la Ley de Caza prevé la creación de refugios con la presentación ante la administración competente (en nuestro caso la Consejería de *Medi Ambiente, que lo regula mediante decreto de julio de 2004) de una solicitud conjunta del propietario de la finca y de una entidad privada de carácter científico o cultural.


La extensión mínima es de 10 hectáreas, que pueden corresponder a una sola propiedad o, en el caso de tratarse de fincas pequeñas, tienen la posibilidad de juntarse dos o más y proponer la declaración de refugio de caza de manera conjunta.



Qué le supone al propietario esta declaración?


La declaración de refugio de caza implica el compromiso del propietario verso la conservación y la adquisición y colocación de los rótulos indicadores de este régimen *cinegètic especial. Es recomendable tomar algunas medidas concretas para favorecer la fauna, como por ejemplo lo no uso de *pesticides, la instalación de puntos de agua durante el verano...


La tramitación de la documentación, aportada por el propietario, va a cargo del *GOB así como la elaboración de los informes y memorias anuales que justifican la necesidad de esta declaración.


Los beneficios son evidentes en cuanto a mejora de las condiciones ecológicas para la fauna, además de la tranquilidad ambiental derivada de la supresión de la caza.





Qué documentación se tiene que aportar?.


Instancia dirigida a la Consejería de *Medi Ambiente del Gobierno Balear con:

a) Datos catastrales de los terrenos

b) Datos *identificatives del promotor y del propietario

c) Régimen de propiedad y distribución de superficies

d) Usos del suelo

*e) Especies de fauna presentes, y especie o especies a favor de las cuales se propone la declaración.

f) Medidas de fomento de la especie o especies a favor de las cuales se propone el refugio

g) *Cartografia a escala 1:10.000, quitado de los casos de más de 500 ha. en los cuales se admitirá la h) *cartografia 1:25.000

h) Informe *justificatiu, en su caso de la superficie propuesta como Refugio, en aplicación del artículo 21 del presente decreto.



Quién hace qué?


  • El propietario:
  1. Aportar la documentación administrativa relativa a la propiedad
  2. Señalización de la zona Refugio de Caza
  3. Información de irregularidades a la administración competente o, en el supuesto de que así lo prefiera, al *GOB


  • El *GOB:
  1. Informe biológico de la zona y seguimiento anual
  2. Propuestas de medidas *correctores
  3. Tramitación del expediente ante la Consejería de *Medi Ambiente
  4. Comunicación de posibles líneas de ayudas por inversiones dentro la finca, basados en la figura de Refugio de caza y posible tramitación de común acuerdo con la propiedad (por *ex. *boib 118 1/10/2002)



Si quiere que su finca *sugui declarada Refugio de Caza...

... o simplemente le interesa recibir información más detallada sobre el tema, puede ponerse en contacto con el *GOB y lo informaremos y lo asesoraremos sobre la tramitación necesaria y, en caso de que se decida, lo ayudaremos a promover la declaración.




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